El procedimiento de Solicitud de Título Académico es el trámite administrativo obligatorio mediante el cual el alumnado, tras haber superado satisfactoriamente los estudios de ESO, Bachillerato o Ciclos Formativos, solicita la expedición del diploma oficial que acredita su titulación académica.
Información sobre el trámite
La obtención de un título académico no universitario en la Comunidad Autónoma de Andalucía requiere de una solicitud expresa por parte de la persona interesada. Este proceso conlleva, con carácter general, el abono de una tasa pública (modelo 046), salvo en los casos de exención total previstos por la normativa vigente. La tramitación se realiza de forma preferente a través de la Secretaría Virtual de los Centros Docentes, lo que permite agilizar la gestión y obtener bonificaciones en el importe de la tasa.
Es fundamental que los datos aportados coincidan exactamente con el documento nacional de identidad, ya que estos serán los que consten impresos en el título oficial definitivo.
Instrucciones para realizar el trámite
1. Acceso y cumplimentación telemática
Deberá acceder al trámite específico a través del siguiente enlace oficial: Acceso a Tramitación de Títulos. Para la identificación, podrá utilizar la clave iANDE, certificado digital o sistema Cl@ve.
2. Apartados del Formulario de Solicitud
Al cumplimentar el formulario, deberá seguir estrictamente las siguientes directrices basadas en la normativa de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional:
- Datos del solicitante (Apartado 1): Es obligatorio completar todos los campos sin utilizar abreviaturas. En caso de actuar mediante representante, deberán constar los datos de este último en los campos habilitados para tal fin.
- Título solicitado (Apartado 2): Se debe especificar con precisión la denominación del título que se desea obtener.
- Centro docente (Apartado 3): Deberá indicar el código del centro correspondiente al IES Pérez de Guzmán: 29007998.
- Liquidación de tasas (Apartado 4): Se consignará el código de validación del modelo 046 de autoliquidación de tasas, adjuntando el justificante de pago o, en su caso, la acreditación de la exención.
3. Exenciones y Bonificaciones
El sistema contempla diversas situaciones que modifican el importe de la tasa:
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Exenciones totales: No deberán abonar la tasa los miembros de familias numerosas de categoría especial , víctimas de actos terroristas y sus familiares directos , víctimas de violencia de género o doméstica , personas con discapacidad (igual o superior al 33%) y beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital o Renta Mínima de Inserción.
Bonificaciones: Se aplicará un descuento del 50% para miembros de familias numerosas de categoría general. Asimismo, la presentación y pago por medios electrónicos conlleva una bonificación del 10% (con un mínimo de 3 euros) sobre el total de la tasa.
4. Documentación y Finalización
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Derecho de oposición: Únicamente deberá marcar esta casilla si se opone a que la Administración consulte sus datos de identidad o condición, en cuyo caso estará obligado a aportar la documentación justificativa manualmente.
Firma: El proceso no será válido sin la indicación de lugar y fecha, y la firma electrónica del formulario por parte del solicitante o su representante legal.
Una vez finalizado el trámite, conserve el resguardo generado por la Secretaría Virtual como comprobante de su solicitud hasta la recepción del título oficial.